Suspenden afiliación de los trabajadores independientes


El Seguro Social de Salud (Essalud) suspendió por ocho meses la afiliación de nuevos asegurados al seguro potestativo que brinda a los independientes.
noticia principalLa medida obedece a los problemas que presenta dicha modalidad de seguro, principalmente relacionados con su siniestralidad, gestión operativa y administrativa, detalla la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 30-GCSPE-Essalud-2015, que impone esta decisión.
Por lo tanto, durante este período de suspensión se procederá al desarrollo de estudios orientados a replantear la configuración del Seguro Essalud Independiente en lo que se refiere a la prima y planes de seguros.
Todo ello, sin afectar la atención de salud a los afiliados con anterioridad que cuenten con cobertura vigente, añade la norma.
En la misma resolución, además, se encarga a la gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado realizar las acciones orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en este caso por Essalud.
Antecedentes
El Seguro Essalud Independiente fue aprobado mediante el Acuerdo de Consejo Directivo N° 36-13-Essalud-2010, el 13 de julio de 2010, y está dirigido a los trabajadores y profesionales independientes y personas que voluntariamente deseen afiliarse, así como a sus derechohabientes.
En dicho acuerdo se faculta a la gerencia central de Aseguramiento, hoy gerencia central de Seguros y Prestaciones Económicas, para que, entre otras acciones, dicte las disposiciones y procedimientos que se requieran.
Con esas facultades y ante los problemas detectados en la citada modalidad de seguro es que dicha gerencia decidió suspender temporalmente la afiliación a esta.
De acuerdo con la nueva estructura orgánica de Essalud, compete a la mencionada gerencia formular, proponer, supervisar y evaluar las políticas, normas y estrategias para la afiliación, planes de seguros, control y auditoría de los seguros del régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud.
Compete también a este órgano de línea de la gerencia general de Essalud diseñar, investigar y desarrollar productos y planes de seguros; proponer mejoras a los productos existentes; realizar estudios técnicos, económicos, actuariales y financieros relativos al comportamiento de los seguros y su impacto en la sostenibilidad financiera institucional.
Prestación de maternidad
La prestación de maternidad consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado del recién nacido hasta el alta hospitalaria o término del período de cinco días posteriores al nacimiento, lo que ocurra primero, señaló, además, esta entidad con la Resolución N° 32-GCSPE-Essalud-2015, de la gerencia central de Seguros y Prestaciones Económicas. Añade que para preservar la vida y salud del recién nacido, en caso no sea dado de alta en cinco días posteriores a su nacimiento y requiera atenciones de salud, los centros asistenciales de Essalud deberán transferirlo a los lugares de salud con cobertura del SIS; en caso contrario, seguirán brindándole las atenciones, las que serán facturadas al padre del recién nacido o al afiliado titular o al SIS, según corresponda.
Acciones
Mediante la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 034-GCAS-Essalud-2011, modificada por la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 030-GCAS Essalud-2013, se aprobó la cobertura por maternidad.
Essalud, al precisar el contenido de la prestación de la maternidad, tiene por objetivo preservar la utilización adecuada de los fondos a cargo de la institución. fuente:ELPERUANO

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