Más control en lavado de activos


La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la norma para la gestión de riesgos y prevención del lavado de activos y del financiamiento al terrorismo aplicable a los sujetos obligados dedicados a la compra y venta de divisas.

La Res. SBS Nº 6426-2015 considera como sujeto obligado a la persona natural o jurídica dedicada a la compra y venta de divisas que realiza la actividad en un establecimiento con licencia de funcionamiento expedida por la comuna correspondiente, y que se encuentre debidamente inscrita en el registro de empresas y personas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda.

Según la disposición, que regirá desde el 1 de marzo de 2016, los obligados deberán implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo (LA/FT), mediante la gestión de riesgos del LA/FT a los que se encuentran expuestos, conformado por las políticas y procedimientos que les permita prevenir y evitar que los servicios que prestan sean utilizados por terceros para realizar operaciones de LA/FT, entre otros.

Labor

La UIF ha remitido a las autoridades competentes más de 3,000 comunicaciones sobre delitos de lavado de activos desde 2010, y realizó 2,360 procesos de supervisión in situ. fuente:ELPERUANO

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