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Mostrando entradas de abril, 2023

Depósito de la CTS: ¿En qué casos el empleador puede retener este pago?

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  Las empresas tienen plazo hasta el próximo 15 de mayo para depositar la CTS de sus trabajadores correspondiente al período semestral noviembre 2022-abril 2023. 21/04/2023  El 15 de mayo vence el plazo para el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio social que la empresa otorga únicamente a los trabajadores con vínculo laboral. Este pago tiene la finalidad de constituir un fondo que le permita al trabajador hacer frente a las futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la extinción del vínculo laboral y/o cubrir sus necesidades y las de su familia mientras se reincorpora al mercado laboral. La CTS se otorga en función del tiempo que el trabajador lleva laborando en el centro de trabajo, y debe ser depositada dos veces al año (mayo y noviembre).  Al respecto, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) señala los principales aspectos que debe tener en cuenta: 1. Casos de embargo y retención Los depósitos de la CTS pueden ser embargados cuando el trabajador

Las NIIF y su efecto en la declaración anual del IR

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  18/04/2023   Es fundamental que las empresas obligadas, principalmente las pequeñas y medianas, capaciten a su personal y lo mantengan actualizado sobre los cambios regulares de las Normas Internacionales de Información Financiera. Katarzyna Dunin Borkowski Directora de PwC Perú La sección informativa de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) del 2022 nos sorprendió con un nuevo recuadro, que no existía en el 2021: “Si sus ingresos anuales superan las 150 UIT (690,000 soles) señale la opción utilizada para elaborar su contabilidad”. Líneas abajo, el programa requiere marcar una opción entre dos alternativas: Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), o las NIIF para pymes. Probablemente, para aquellas que obtuvieron ingresos por más de 10’580,000 soles en el 2022 (o incluso desde años anteriores para las que son supervisadas por SMV o SBS), es decir, las grandes empresas del Perú, no haya sido una sorpresa encontrarse con este recuadro en su declaració

Semana Santa: laborar en feriados implicará triple pago

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  31/03/2023   La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que, según el Decreto Legislativo N° 713 – Ley de Descansos Remunerados, el jueves 6 y viernes 7 de abril de Semana Santa son días declarados feriados nacionales, por lo tanto, deben ser pagados íntegramente sin obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores públicos y privados. El gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez, precisó que deben percibir por cada día una triple remuneración diaria, una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%. Los trabajadores que acuerden laborar el jueves o viernes santo, o ambos, con descanso sustitutorio posterior, solo perciben su remuneración normal. Asimismo, el personal que realiza trabajo remoto o teletrabajo, no labora el jueves y viernes santo, tiene derecho a percibir sus remuneraciones. En caso de acordar con su empleador laborar en Semana Santa, sin descanso sustitutorio posterior, también tendrán derecho a per