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Mostrando entradas de febrero, 2021

600,000 personas naturales deberán declarar IR 2020

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  Cerca de 250,000 obligados obtendrán devolución tras regularización. 25/02/2021  La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estimó que cerca de 600,000 personas naturales presentarán este año la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2020, adelantándose al cronograma de vencimientos. Así, para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la administración tributaria habilitó en días recientes diversos canales en línea, es decir, sin salir de casa, a fin de mitigar el riesgo de contagios por el covid-19. Por tanto, dicha declaración se podrá presentar vía internet utilizando el Formulario Virtual 709, disponible en el app Personas desde un celular (smartphone), o ingresando a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), donde el interesado ubicará la opción Declaración de Renta Anual 2020 para cumplir con dicha entrega. De igual modo, puso a disposición de las personas el archivo personalizado, que contiene información referencial de las rentas, gas

El impuesto a la renta sobre los dividendos de empresas agrarias

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  No es la primera vez que sucede. Nuestro legislador no ha señalado a cuánto asciende la tasa del impuesto a la renta (IR) aplicable a la distribución de dividendos a las empresas comprendidas en el nuevo régimen agrario y hoy no se sabe con certeza qué tasa aplicar. 12/02/2021  Ya nos había pasado en el 2017 cuando, mediante el Decreto Legislativo N° 1261, se modificó la tasa a la distribución de dividendos, de una que iba de 6.8% hasta 9.3%, al actual 5%. Katarzyna Duni Directora de Tax & Legal de PwC Perús En aquella ocasión, el legislador no mencionó cuál era la tasa aplicable a la distribución de dividendos a los regímenes promocionales como lo son la Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, la derogada Ley de promoción del sector agrario, la Ley de promoción para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas, así como la Ley de zona franca y zona comercial de Tacna. Sin embargo, como no se habría derogado la Décima Disposición Complementaria Final de

Vigencia del CDI con Japón.

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  En días recientes entró en vigencia el convenio para evitar la doble tributación entre el Perú y Japón. A continuación, el autor explica los mecanismos adoptados en este importante instrumento destinado también a generar un ambiente favorable a la inversión privada entre ambos países, fortaleciendo la transparencia y la lucha contra la corrupción. 01/02/2021   Francisco Pantigoso Velloso da Silveira Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC  Importante noticia. El Convenio entre el Perú y Japón para evitar la doble tributación en relación con los impuestos sobre la renta, así como para prevenir la evasión y elusión fiscal (en adelante CDI) y su protocolo, suscrito el 18 de noviembre del 2019, aprobado por Resolució Es interesante destacar que en el Perú el convenio surte efecto no inmediato sino desde el 1 de enero del 2022, respecto de los impuestos a la renta sobre rentas obtenidas y a las cantidades que se paguen, acrediten a una cuenta o se contabilicen como gasto. Mien