En abril se paga el ITAN con obligaciones de marzo Atención, empresas con activos netos de más de S/ 1 millón. Cámara de Comercio de Lima explica pautas para los contribuyentes.
26/3/2019 Las empresas comprendidas en el Régimen Mype Tributario o en el Régimen General del Impuesto a la Renta (IR), cuyo valor de sus activos netos al 31 de diciembre del 2018 haya superado un millón de soles, sin considerar las deducciones de ley, están obligadas a declarar y pagar el impuesto temporal a los activos netos (ITAN) junto con el cumplimiento de las obligaciones tributarias de marzo que vencen entre el 12 y el 24 de abril. Para ello, estos contribuyentes deben tener en cuenta que la alícuota de dicho impuesto de periodicidad anual que grava su patrimonio es de 0.4%, que se calcula sobre el valor histórico de sus activos que excedan a un millón de soles, según el balance al 31 de diciembre del 2018, indicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Sin embargo, para determinar el valor de los activos netos se podrá deducir, entre otros rubros, maquinaria y equipo que no tengan una antigüedad mayor a tres años; acciones, participaciones o derechos de capital de otras emp