Nuevas reglas de regularización para extranjeros
Se trata del Decreto Legislativo N° 1236,
visitas de corta estancia al Perú; temporal que lo facultará a realizar actividades lucrativas o de estudios; y residente con que se adquiere la residencia, dijo el experto Jaime Cuzquén.Otra innovación, agregó, es que crea las calidades migratorias de visitante-cortesía, visitante-especial, visitante-visitas cortas-acuerdos internacionales, temporal-estudios y temporal-acuerdos internacionales. “Incluso se instauran otras como la temporal-suspendida, temporal-talento-corto plazo, temporal-trabajador estancia corta, temporal-residente-provisional y residente-permanente”.Estas nuevas figuras migratorias de alguna buscan flexibilizar el ingreso de extranjeros por períodos cortos, sostuvo el laboralista y miembro de Tsuboyama, Cuzquén & Nicolini Abogados.En este contexto, detalló que se incluye al integrante de la unión de hecho y al hijo soltero mayor de edad como parte de la unidad migratoria familiar. Antes no se consideraban las uniones de hecho, solo los matrimonios reconocidos por entidades oficiales de los países de procedían.En este propósito se incorpora al cónyuge o unión de hecho, hijos menores de edad, hijos mayores de edad hasta los 28 años, solteros y que estén siguiendo estudios superiores o técnicos, hijos con discapacidad y padres.La nueva Ley de migraciones, de otro lado, declara de interés nacional la implementación del pasaporte electrónico y, regula un plazo de 180 días hábiles para el reglamento.Establece, de igual modo, sanciones en caso de incumplimiento, que van desde la multa hasta la expulsión del territorio nacional. Incluye del mismo modo multas a empleadores que contraten a trabajadores en situación migratoria irregular.
Contrataciones
En opinión del experto César Puntriano debe modificarse la Ley de contratación de extranjería toda vez que un supuesto en el que se consideraba al ciudadano extranjero como peruano para efectos de su contratación, correspondía al extranjero con la calidad migratoria de inmigrante.
“Como dicha norma migratoria ya no existiría, se esperaba la adecuación de la indicada ley al decreto legislativo bajo comentario, refiriéndose a la calidad de residencia permanente”, dijo.
El experto, quien además es socio de PWC, advirtió que otra norma urgente de modificar sería el TUPA de migraciones del año 2012, “pues no basta una buena norma sino también trámites claros y sencillos para los administrados”. fuente:ELPERUANO
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