El pago de las utilidades puede deducirse como gasto
Empresas deberán abonar el beneficio antes de presentar su declaración jurada de renta. Las empresas pueden deducir como gasto en la declaración jurada anual del impuesto a la renta 2015 el monto de la participación en las utilidades de ese año que le corresponde a sus trabajadores .
Para realizar esta deducción los empleadores deberán repartir ese beneficio a su personal antes de la presentación de dicha declaración, indicó el laboralista César Puntriano Rosas, socio de PwC - Perú.
No obstante, subrayó que para efectos laborales la participación en las utilidades de los trabajadores debe ser abonada dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta.
Lineamientos
Pero no todas las empresas están obligadas a distribuir utilidades a su personal, solo aquellas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, salvo que se trate de cooperativas, empresas autogestionarias, sociedades civiles o empresas que no tengan más de 20 trabajadores.
Tratándose de las empresas obligadas a distribuir aquel beneficio, todo trabajador tiene derecho a este, precisó Puntriano. “Inclusive, si hubiera trabajado en una jornada reducida accederá a la participación de manera proporcional”.
Las utilidades se determinan de acuerdo a un porcentaje fijado sobre la renta neta según la actividad que realice la empresa. En el caso de las pesqueras, empresas de telecomunicaciones e industriales es el 10%, mientras que para las comerciales y restaurantes es el 8%, y las que realizan otras actividades deben repartir el 5% de su renta neta.
Si la empresa desarrolla más de una de esas actividades, se considerará a la actividad principal, entendiéndose por esta a la que generó mayores ingresos brutos en el ejercicio, detalló Puntriano.
La base sobre la cual se aplica el porcentaje es la renta neta anual antes de efectuar el cálculo de los impuestos y, de ser el caso, después de compensar las pérdidas de los ejercicios anteriores.
Las utilidades legales solo están gravadas con el impuesto a la renta de quinta categoría y al momento que el trabajador percibe el beneficio debe recibir una liquidación respecto de las utilidades.
Cálculo
El 50% del porcentaje a distribuir por participación en las utilidades por trabajador se calcula en función a los días real y efectivamente laborados durante el año, explicó Puntriano. “Se entiende como tales a aquellos en los cuales el trabajador cumpla efectivamente la jornada ordinaria de la empresa así como las ausencias que deben ser consideradas como asistencias para todo efecto por mandato legal expreso”. El 50% restante se calcula en función de la remuneración percibida durante el año, detalló el experto. Por ende, dijo que no forman parte de la base de cálculo las gratificaciones extraordinarias. f:ELPERUANO
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