Modifican reglamento de la factura negociable


Cambios optimizarán acceso al financiamiento de las mype y pyme. En un nuevo impulso a la dinamización de la economía, el Gobierno modificó el reglamento de la factura negociable mediante el DS Nº 100-2016-EF.

El objeto es mejorar la operatividad y negociabilidad de estos instrumentos a fin de optimizar las condiciones de acceso a servicios financieros de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Dichos cambios se refieren a la anotación en cuenta, la factura negociable originada en un comprobante de pago electrónico, la presunción de conformidad; transferencia y pago; entre otros.

Así, la norma precisa que la entrega de la factura negociable consiste en su presentación por el proveedor al adquiriente, para que este deje constancia de la fecha de dicha entrega en el mismo momento que se otorga la factura comercial, de la cual se deriva la factura negociable.

Faculta también a las empresas del sistema financiero y factoring a mantener la custodia temporal de las facturas negociables en el marco de las modalidades de financiamiento que realicen.

Se detalla igualmente que las transferencias de la factura negociable efectuadas mediante el endoso serán comunicadas al adquiriente dentro de los tres días hábiles de efectuada la transferencia. Si por cualquier motivo, luego del endoso y no obstante la comunicación, el proveedor recibiera el pago de la factura negociable, tendrá que entregar el íntegro recibido al legítimo tenedor. 

La Ley Nº 29623, que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, tiene por objeto promover el acceso al financiamiento a los proveedores de bienes o servicios mediante la comercialización de facturas comerciales y recibos por honorarios.

Cifra

27 mil transacciones se espera sean registradas este año mediante el uso de facturas negociables. fuente:ELPERUANO

Comentarios