Mayor rigor con oferta publicitaria
Para asegurar que información sea correcta y veraz. Como parte de las acciones para el empoderamiento de los derechos del consumidor, el Indecopi inició la supervisión y fiscalización de la publicidad comercial ofrecida por los proveedores sobre productos y servicios por Pascuas.
Se trata de la campaña de fiestas de fin año, denominada ‘En Navidad consume con responsabilidad’, destinada a asegurar que la información publicitaria entregada a los consumidores sea la correcta y no los induzcan a error.De ahí que el contenido de la oferta, promoción o publicidad, así como las características y funciones propias del bien, además de las condiciones y garantías ofrecidas, serán exigibles a los proveedores, incluso cuando estas no figuren en el contrato o comprobante, dijo el Indecopi.La entidad, en ese sentido, recalcó que la publicidad sobre ofertas de productos o servicios deberá indicar con claridad las condiciones, cantidad de unidades que incluye la promoción o el período de vigencia de esta.
En caso de que, además, algún proveedor promocione ventas al crédito, la publicidad deberá precisar el valor de la cuota inicial –de ser aplicable–, total de intereses por pagar, la tasa de interés efectiva anual, monto y detalle de cualquier otro cargo aplicable.Mientras que la publicidad referida a productos o servicios financieros, como préstamos personales, créditos hipotecarios u otros, precisará también la tasa de interés y montos de la cuota, así como mostrar, de forma clara y destacada, la tasa de costo efectiva anual, que deberá calcularse a doce meses.
Si la publicidad consigna precios en dólares, deberá incluirse su equivalente en soles, y el monto del tipo de cambio.
291 procedimientos
Acciones de monitoreo en beneficio de los consumidores, el Indecopi emprendió durante este año un total de 291 procedimientos administrativos sancionadores en los sectores de bebidas alcohólicas, automotor, grandes comercios, salud, retail, hoteles y restaurantes, entre otros.
En caso de que, además, algún proveedor promocione ventas al crédito, la publicidad deberá precisar el valor de la cuota inicial –de ser aplicable–, total de intereses por pagar, la tasa de interés efectiva anual, monto y detalle de cualquier otro cargo aplicable.Mientras que la publicidad referida a productos o servicios financieros, como préstamos personales, créditos hipotecarios u otros, precisará también la tasa de interés y montos de la cuota, así como mostrar, de forma clara y destacada, la tasa de costo efectiva anual, que deberá calcularse a doce meses.
Si la publicidad consigna precios en dólares, deberá incluirse su equivalente en soles, y el monto del tipo de cambio.
291 procedimientos
Acciones de monitoreo en beneficio de los consumidores, el Indecopi emprendió durante este año un total de 291 procedimientos administrativos sancionadores en los sectores de bebidas alcohólicas, automotor, grandes comercios, salud, retail, hoteles y restaurantes, entre otros.
Los consumidores son los principales aliados para detectar la publicidad que infrinja la norma. fuente:ELPERUANO
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