Sepa los gastos y profesiones que amplían deducciones
El Gobierno aprobó la lista de las profesiones y oficios que darán derecho a la deducción de hasta tres unidades impositivas tributarias (UIT) adicionales a las siete ya establecidas del pago del impuesto a la renta (IR), tanto para trabajadores dependientes como independientes.
3/1/2017
Así, el DS Nº 399-2016-EF señala a los abogados; analistas de sistema y computación; arquitecto; enfermero; entrenador deportivo; fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv; ingeniero; intérprete y traductor; nutricionista; obstetriz; psicólogo; tecnólogos médicos; y veterinario.
Los gastos, además, deberán sustentarse con comprobantes electrónicos, aunque la Sunat también podrá corroborrarlos en documentos físicos.
“Los comprobantes que deberán conservarse para proceder a la reducción del pago de este tributo solo serán aquellos que correspondan al 2017”, dijo el gerente de cumplimiento de la Sunat, Erick Cárdenas, en entrevista a RPP.
Dichos recibos se refieren a gastos de alquiler, intereses por créditos hipotecarios para la primera vivienda, los honorarios de médicos y odontólogos, y las aportaciones a Essalud por la contratación de empleadas del hogar.
el dato
Los servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría también deberán ser conservadas por los contribuyentes. fuente:ELPERUANO
Comentarios
Publicar un comentario