Amplían facilidades para el uso de libros electrónicos

No sancionarán infracciones subsanadas de forma voluntaria hasta el 30 de setiembre. En el propósito de garantizar una adecuada implementación y migración al formato digital, la administración tributaria decidió ampliar su facultad discrecional para no aplicar multas por infracciones relacionadas a los libros y registros que sean llevados de manera electrónica.

3/7/2016



Por tanto, los contribuyentes obligados por la administración tributaria o que voluntariamente lleven sus libros y/o registros electrónicos, cuyas infracciones hubieran sido cometidas o detectadas a partir del 1 de noviembre de 2008, podrán regularizar su situación, sin multas, hasta el 30 de setiembre próximo.



De igual modo, los contribuyentes obligados por el ente recaudador o que voluntariamente lleven libros y/o registros electrónicos desde el 1 de enero de 2016 podrán regularizar las infracciones, sin multas, hasta el 31 de diciembre de 2016.



Dichas disposiciones, inclusive, serán de aplicación a las infracciones cometidas o detectadas al pasado 1 de julio, cuya resolución de multa no se hubiera emitido o esté pendiente de notificación. 





Excepciones



“Las multas pagadas por los contribuyentes con anterioridad no serán materia de devolución”, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), al detallar los alcances de la Res. Nº 031-2016-Sunat/600000.



De acuerdo con la norma, la administración tributaria viene ejecutando acciones inductivas que buscan promover el cumplimiento de los contribuyentes obligados o que voluntariamente llevan de manera electrónica sus libros y registros vinculados a asuntos tributarios. 





Justificación



Otro objetivo sería asegurar una adecuada implementación del llevado de los libros de manera electrónica. De ahí la justificación de un mayor período de adaptación para los contribuyentes, a fin de que puedan realizar los ajustes en los sistemas y aplicativos informáticos, así como capacitar al personal en el manejo de los sistemas relacionados.



La administración tributaria, de este modo, busca asegurar un servicio de calidad que comprenda y satisfaga las necesidades de los contribuyentes, refiere la norma en comentario. 



Sanciones 

Las infracciones vinculadas al llevado de libros y registros electrónicos sobre las que no se aplicarán multas hasta setiembre/diciembre, según los casos, serán: llevar libros y/o registros sin observar las formas y condiciones establecidas; llevar libros y/o registros con atraso mayor al permitido. 



Tampoco por no conservar los libros y registros durante el plazo de prescripción de los tributos; no presentar declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos; y declarar cifras o datos falsos en los libros, refiere un informe tributario de la Cámara de Comercio de Lima. fuente:ELPERUANO

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