Modifican reglas sobre recurso de queja en lo fiscal Ya no será vía para observar fiscalizaciones de Sunat.
En lo que constituye un cambio de criterio, el Tribunal Fiscal determinó que la queja ya no es la vía contra supuestas infracciones en los procedimientos de fiscalización por la Sunat. El colegiado, de esta forma, estableció un nuevo precedente administrativo de observancia obligatoria para la tramitación de las quejas en materia tributaria, mediante la RTF Nº 01918-Q-2016. Fundamento Veamos de qué se trata. A criterio del tribunal, iniciar un procedimiento de queja ante irregularidades en la fiscalización o verificación implicaría quejarse por posibles afectaciones a la esfera jurídica de los administrados por infracciones ocurridas en el curso de esos procedimientos. Pero tales irregularidades se configurarían recién como afectaciones reales con la notificación de los valores (montos por pagar) que se emitan como consecuencia del procedimiento, cuya nulidad puede ser invocada en la vía contenciosa tributaria. El colegiado sustenta su posición en que la queja no procede cuando...