Precios de transferencia y fiscalidad internacional
Los informes finales del Proyecto de lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS) publicados el 5 de octubre fueron aprobados por los ministros de Economía y Finanzas de los países del G20, en el contexto de las Juntas de Gobernadores del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional.
El proyecto BEPS implica 15 acciones desarrolladas sobre la base de: coherencia, sustancia y transparencia. Este proyecto liderado por la OCDE busca reforzar los estándares internacionales en tratados para evitar la doble imposición y normas de precios de transferencia dentro de un entorno de economía digital e instrumentos multilaterales. El reporte “Alineando los resultados de precios de transferencia con la creación de valor”, contiene lineamientos sobre la aplicación del principio arm’s length, valoración de intangibles, acuerdos de contribución de costos, transacciones de commodities y servicios intragrupo de bajo valor agregado; estos dos últimos son reparos comunes y relevantes en la fiscalización en los últimos años por la administración tributaria peruana. Con relación a transacciones de commodities, el reporte provee pautas sobre el pricing date o la fecha de fijación del precio, esto es, el período de tiempo, fecha u hora, seleccionado por las partes para fijar el precio de las transacciones de commodities. En principio, siempre y cuando el contribuyente pueda demostrar evidencia confiable sobre la fecha de fijación de precios acordada con su parte relacionada. Respecto a los servicios intragrupo de “bajo valor agregado”, el reporte define los tipos de servicio que podrían entenderse como de “bajo valor agregado” y propone el mark up (5%) que debería cargarse sobre la base de costos relevante según dichos lineamientos. Un aspecto importante para enfrentar conductas BEPS es la disponibilidad de información y acceso a documentación de precios de transferencia. El reporte establece los estándares mínimos para la documentación de estos precios. Se vienen cambios importantes en nuestras prácticas de impuestos internacionales y de precios de transferencia, y el Perú está preparándose para ello. fuente:ELPERUANO
El proyecto BEPS implica 15 acciones desarrolladas sobre la base de: coherencia, sustancia y transparencia. Este proyecto liderado por la OCDE busca reforzar los estándares internacionales en tratados para evitar la doble imposición y normas de precios de transferencia dentro de un entorno de economía digital e instrumentos multilaterales. El reporte “Alineando los resultados de precios de transferencia con la creación de valor”, contiene lineamientos sobre la aplicación del principio arm’s length, valoración de intangibles, acuerdos de contribución de costos, transacciones de commodities y servicios intragrupo de bajo valor agregado; estos dos últimos son reparos comunes y relevantes en la fiscalización en los últimos años por la administración tributaria peruana. Con relación a transacciones de commodities, el reporte provee pautas sobre el pricing date o la fecha de fijación del precio, esto es, el período de tiempo, fecha u hora, seleccionado por las partes para fijar el precio de las transacciones de commodities. En principio, siempre y cuando el contribuyente pueda demostrar evidencia confiable sobre la fecha de fijación de precios acordada con su parte relacionada. Respecto a los servicios intragrupo de “bajo valor agregado”, el reporte define los tipos de servicio que podrían entenderse como de “bajo valor agregado” y propone el mark up (5%) que debería cargarse sobre la base de costos relevante según dichos lineamientos. Un aspecto importante para enfrentar conductas BEPS es la disponibilidad de información y acceso a documentación de precios de transferencia. El reporte establece los estándares mínimos para la documentación de estos precios. Se vienen cambios importantes en nuestras prácticas de impuestos internacionales y de precios de transferencia, y el Perú está preparándose para ello. fuente:ELPERUANO
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