El 16 de noviembre vence el plazo para depósitos de CTS
Hasta el lunes 16 de noviembre tienen plazo los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa para depositar la compensación por tiempo de servicios (CTS) de sus trabajadores correspondiente al periodo semestral mayo-octubre 2015, informó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Esto en razón de que el artículo 22 de la Ley de CTS determina que si el 15 de noviembre cae día inhábil, como en este año que es domingo, el depósito de dicho beneficio se podrá efectuar hasta el día hábil siguiente.
Libre disposición
Al respecto, los trabajadores deberán atender que de acuerdo con la Ley N° 30334 podrán retirar de su fondo de CTS hasta el 100% el excedente a cuatro sueldos, que son intangibles, salvo por motivo de cese.
Para determinar el monto intangible se deberá considerar el último sueldo del trabajador, multiplicado por cuatro. “Por ejemplo, si el total depositado en el banco es 10,000 nuevos soles y el sueldo del trabajador es 2,000 nuevos soles, los cuatro sueldos equivalen a 8,000 nuevos soles y el exceso será 2,000”, detalló el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
Lineamientos
Para conocer si el empleador está obligado a efectuar el próximo depósito de CTS, se deberá conocer el tipo de empresa, si está o no inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), si se trata de trabajadores nuevos o antiguos, y si cuentan o no con un mes de trabajo al 31 de octubre 2015.
“Si una empresa es mediana o grande, para efectuar el depósito los empleadores deben tomar en cuenta la remuneración del trabajador al 31 de octubre, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió este en julio pasado”, detalló Zavala.
En caso se trate de una pequeña empresa no inscrita en el Remype, sostuvo que todos los trabajadores tendrán derecho al depósito de CTS, “pero si está inscrita, los contratados hasta antes del registro tendrán derecho al beneficio, mientras que los contratados después solo se beneficiarán con el 50% de este”, refirió.
Sostuvo que las microempresas que no estén inscritas en el Remype deberán efectuar los depósitos de CTS a todos sus trabajadores, pero si lo están solo deberán entregar el beneficio a los contratados antes de su registro. fuente:ELPERUANO
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