Facilitan acceso a beneficios a pequeños contribuyentes
Quienes perciban hasta 150 UIT al año podrán fraccionar su deuda inmediatamente. Los contribuyentes cuyos ingresos anuales no superen las 150 UIT (607,500 soles) podrán solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de sus deudas tributarias correspondientes a la regularización del impuesto a la renta (IR) de tercera categoría en menor plazo.
13/2/2017
Así lo estableció la Sunat, que además flexibilizó el requisito vinculado al saldo en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) para el otorgamiento del beneficio fiscal y del refinanciamiento de su saldo.
Directrices
Estos contribuyentes podrán presentar la respectiva solicitud, incluida la correspondiente a la regularización que deben realizar los sujetos del Régimen Mype Tributario del IR inmediatamente después de efectuada la presentación de la declaración jurada anual de dicho impuesto.
Esto último siempre que sea declarada dentro del plazo fijado de acuerdo con el cronograma aprobado para dicho efecto, se ingrese al enlace habilitado en Sunat Operaciones en Línea, y se siga el respectivo procedimiento, señala la Resolución N° 036-2017/Sunat.
Se requerirá, además, que el contribuyente no registre más de 200 soles en detracciones, salvo si la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería, indicó el tributarista José Verona al comentar la citada resolución.
Por tanto, la Sunat no embargaría ni iniciaría cobranza coactiva a quienes cumpliendo estos requisitos presenten en forma inmediata su solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento, agregó.
En caso que no se hubiese presentado el pedido en forma inmediata, este podrá presentarse al sexto día hábil siguiente a la fecha de presentación de la declaración jurada anual del IR. Siempre y cuando habiendo presentado tal declaración dentro del plazo fijado en el cronograma aprobado para tal efecto, no se hubiera ingresado al enlace habilitado en Sunat Operaciones en Línea, o cuando no se presente aquella declaración dentro del plazo establecido en el cronograma fijado para tal efecto.
Verona resaltó la aprobación de este beneficio que facilita el fraccionamiento inmediato.
No obstante, instó a la Sunat a aprobar en forma rápida las solicitudes de fraccionamiento y/o aplazamiento inmediato que se presenten.
Supervisión
Para efectuar un mejor control de la correcta determinación de la categoría que corresponde al sujeto del nuevo RUS, la administración tributaria estableció que quienes se ubiquen en este esquema fiscal deberán de proporcionar información relativa al total de las adquisiciones mensuales, además de la que por la normativa tributaria deben remitir. Adicionalmente, con el objetivo de brindar mayores facilidades a los sujetos comprendidos en dicho régimen, la Sunat amplió los canales que estos contribuyentes poseen para presentar declaraciones sustitutorias y rectificatorias, incorporando a los cajeros corresponsales de las entidades bancarias como receptores de aquellas declaraciones.
Así, por ejemplo, la declaración sustitutoria de los ingresos brutos y adquisiciones mensuales se podrá hacer con el Formulario Virtual N° 1611. fuente:ELPERUANO
Directrices
Estos contribuyentes podrán presentar la respectiva solicitud, incluida la correspondiente a la regularización que deben realizar los sujetos del Régimen Mype Tributario del IR inmediatamente después de efectuada la presentación de la declaración jurada anual de dicho impuesto.
Esto último siempre que sea declarada dentro del plazo fijado de acuerdo con el cronograma aprobado para dicho efecto, se ingrese al enlace habilitado en Sunat Operaciones en Línea, y se siga el respectivo procedimiento, señala la Resolución N° 036-2017/Sunat.
Se requerirá, además, que el contribuyente no registre más de 200 soles en detracciones, salvo si la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería, indicó el tributarista José Verona al comentar la citada resolución.
Por tanto, la Sunat no embargaría ni iniciaría cobranza coactiva a quienes cumpliendo estos requisitos presenten en forma inmediata su solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento, agregó.
En caso que no se hubiese presentado el pedido en forma inmediata, este podrá presentarse al sexto día hábil siguiente a la fecha de presentación de la declaración jurada anual del IR. Siempre y cuando habiendo presentado tal declaración dentro del plazo fijado en el cronograma aprobado para tal efecto, no se hubiera ingresado al enlace habilitado en Sunat Operaciones en Línea, o cuando no se presente aquella declaración dentro del plazo establecido en el cronograma fijado para tal efecto.
Verona resaltó la aprobación de este beneficio que facilita el fraccionamiento inmediato.
No obstante, instó a la Sunat a aprobar en forma rápida las solicitudes de fraccionamiento y/o aplazamiento inmediato que se presenten.
Supervisión
Para efectuar un mejor control de la correcta determinación de la categoría que corresponde al sujeto del nuevo RUS, la administración tributaria estableció que quienes se ubiquen en este esquema fiscal deberán de proporcionar información relativa al total de las adquisiciones mensuales, además de la que por la normativa tributaria deben remitir. Adicionalmente, con el objetivo de brindar mayores facilidades a los sujetos comprendidos en dicho régimen, la Sunat amplió los canales que estos contribuyentes poseen para presentar declaraciones sustitutorias y rectificatorias, incorporando a los cajeros corresponsales de las entidades bancarias como receptores de aquellas declaraciones.
Así, por ejemplo, la declaración sustitutoria de los ingresos brutos y adquisiciones mensuales se podrá hacer con el Formulario Virtual N° 1611. fuente:ELPERUANO
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