Usuarios estarán protegidos ante fraudes con sus tarjetas de crédito y de débito


Lima, abr. 01. A partir de hoy entró en vigencia el reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, que dispone que los usuarios estarán protegidos ante fraudes cometidos con la sustracción de su dinero plástico, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
El usuario no será responsable de ninguna pérdida por las operaciones realizadas, salvo que la empresa demuestre su responsabilidad en cualquiera de las siguientes seis situaciones.
Cuando las operaciones hayan sido realizadas luego de que la empresa fuera notificada del extravío; las tarjetas hayan sido objeto de clonación; por el funcionamiento defectuosos de los canales o sistemas puestos a disposición de los usuarios por las empresas para efectuar operaciones.
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Por la manipulación de los cajeros automáticos de la empresa titular u operadora de estos o los ambientes en que estos operan; cuando se haya producido la suplantación del usuario en las oficinas; y operaciones realizadas luego de la cancelación de la tarjeta o cuando esta haya expirado.
Asimismo, la norma establece que las entidades deberán contar con procedimientos para el seguimiento de operaciones que puedan corresponder a patrones de fraude, tanto para el caso de tarjetas de crédito como de débito.
Dichos patrones deben incluir mecanismos para la comunicación inmediata al usuario sobre las posibles operaciones de fraude y acciones para proceder con el bloqueo temporal o definitivo de la tarjeta, en el caso de que sea necesario.
Agrega la medida que las empresas deberán contar con sistemas de monitoreo de transacciones que tengan como objetivo detectar aquellas que no corresponden al comportamiento habitual de consumo del usuario.
De igual forma, las empresas emisoras deberán otorgar a los usuarios la opción de contar con un servicio de notificaciones sobre operaciones de disposición o retiro de efectivo, compras y otras operaciones que la empresa identifique con riesgo de fraude, inmediatamente después de ser registradas por la empresa.
Esta notificación podrá realizarse a través de mensajes a un teléfono móvil y/o correo electrónico, entre otros mecanismos que pueden ser pactados con los usuarios.
Otro de los puntos de la medida es que dichos instrumentos de pago deberán contar con un circuito integrado o chip que permita almacenar y procesar información del usuario y sus transacciones.
De ese forma estarán cumpliendo con los estándares internacionales para el uso y verificación de las tarjetas así como para la autenticación de pagos. Sin embargo, dicha medida entra en vigencia a partir del 31 de diciembre del presente año.
Para el caso de tarjetas de crédito, se establece por medidas de seguridad que el usuario podrá solicitar la supresión de algunos servicios asociados a dicho producto como la disposición de efectivo, consumos u operaciones efectuadas en el exterior con presencia física de la tarjeta, consumos por Internet, entre otras.
De igual forma, se modifica el contenido mínimo de los estados de cuenta, a fin de otorgar información adicional a los usuarios.

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