540,000 contribuyentes han presentado su Declaración Anual de Renta 2011. El martes 10 concluirá plazo.

A menos de una semana de que culmine el plazo final para la presentación de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta 2011, un total de 540,000 contribuyentes ha cumplido con esta obligación, informó hoy la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Ello significa un incremento de dos por ciento en relación con la campaña del año anterior, precisó.
Del total de declaraciones presentadas, 400,000 corresponden a empresas y 140,000 a personas naturales, siendo Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) el medio más utilizado para poder cumplir con esta obligación tributaria, ya que simplifica y ahorra tiempo en el trámite.
El cronograma de vencimientos para presentar la declaración finalizará el próximo martes 10.
Para brindar mayores facilidades a los contribuyentes, la Sunat ha implementado la Declaración Simplificada de Renta, formulario virtual disponible en www.sunat.gob.pe, que en sólo tres pasos permite presentar de una manera más rápida la declaración de renta.
Además, como en años anteriores, se cuenta con el Archivo Personalizado, que contiene información referencial del contribuyente (retenciones, declaraciones y pagos mensuales, entre otros) que le facilitará la presentación y elaboración de la declaración.
Están obligadas a presentar la declaración las personas naturales que hayan obtenido ingresos por rentas de Primera Categoría (alquileres de bienes muebles o inmuebles), de Segunda Categoría (únicamente por ganancia en la transferencia de acciones y otros valores mobiliarios) si es que tienen saldo por pagar a favor del fisco.
También están obligadas a presentar la declaración las personas naturales que hayan percibido un monto superior a 31,500 nuevos soles en 2011 por rentas de trabajo independiente (Cuarta Categoría) o cuando la suma de sus ingresos laborales (Cuarta y Quinta) más rentas del exterior (trabajos eventuales realizados en el extranjero) superen el mismo monto.
Igualmente deberán cumplir con esta obligación todos los contribuyentes que generen rentas de Tercera Categoría (empresas), comprendidos en el régimen general, utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 670.fuente:ANDINA

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