Personas naturales o jurídicas que cometan delitos tributarios no podrán contratar con el Estado.


Las personas naturales y jurídicas que cometan delitos tributarios estarán inhabilitadas de contratar con el Estado por siete y cinco años, respectivamente, según decreto legislativo aprobado hoy por el Consejo de Ministros, informó el titular de Economía, Luis Miguel Castilla.
ANDINA/Prensa Presidencia
ANDINA/Prensa Presidencia
“Como parte importante de la lucha contra la corrupción quisiera destacar la decisión de inhabilitar a empresas o personas naturales para poder contratar con el Estado”, afirmó al dar a conocer los tres decretos legislativos aprobados hoy al amparo de las facultades delegadas por el Congreso.
El ministro explicó que el decreto que aprueba esta disposición también abarca el tema penal, aumentando las penas de algunos delitos tributarios, como defraudación, la consignación de datos falsos en el RUC, la impresión legal de comprobantes de pago, guías de remisión, notas de crédito, entre otros.
También se penaliza el almacenamiento ilegal en establecimientos no autorizados por la Sunat, así como la confección indebida, obtención o comercialización de comprobantes de pago, guías de remisión y otros, todo esto con la finalidad de que sean elementos disuasivos y luchar contra la evasión.
Castilla informó que el segundo decreto aprobado busca mejorar los procedimientos de fiscalización por parte de la Sunat, y por otro lado, agilizar las controversias tributarias en el Tribunal Fiscal.
En el primer caso, explicó, se han aprobado un conjunto de medidas para fortalecer el cumplimiento en la entrega de comprobantes de pago, y que facultarán a la Sunat a decretar el cierre del establecimiento comercial a la primera infracción descubierta en este tema.
Para asegurar el cobro de las deudas tributarias, indicó que la Sunat establecerá un precio mínimo a los activos que saque a remate, o que decida entregarlos al Estado.
Asimismo, el ministro informó que el tercer decreto aprobado propone medidas destinadas a fortalecer el Tribunal Fiscal, tanto para solucionar su carga procesal, como para darle celeridad a sus procedimientos.
Así, informó que se ha establecido criterio o jurisprudencia obligatoria que deberá observar este tribunal, para agilizar y reducir su carga procesal.
De igual manera, se autoriza el uso de notificaciones electrónicas y la creación de instancias para resolver controversias simples, y de esa manera agilizar los procesos.fuente:ANDINA

Comentarios