Empresas tienen hasta este 15 de mayo para cumplir con depósitos de CTS


Lima, may. 12. La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Ana Jara, recordó que este 15 de mayo es la fecha límite para que las empresas del sector privado depositen a todos sus trabajadores la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). 
Foto principalDe este modo, aseguró que de no cumplirse con ello, las sanciones pueden ir entre 3,800 nuevos soles y 38,000 soles (pequeña empresa); y de 11,400 nuevos soles a 190,000 nuevos soles para empresas del régimen general, conforme a la nueva Escala de Multas.
Los trabajadores de dicho régimen que cumplan cuando menos una jornada mínima de cuatro horas diarias o de 20 horas semanales aproximadamente, tienen derecho a recibir este beneficio, de la misma manera que los  trabajadores y los socios de las empresas de servicios y de las cooperativas o mejor conocidas como "services".
El derecho de recibir la CTS nace desde que el trabajador alcanza el primer mes de iniciado el vínculo laboral.
Ahora, en relación al caso de microempresas, no existe la obligación de pagar este beneficio; pero en el caso de pequeñas empresas estas deberán pagar el 50 por ciento de la CTS.
Ello procederá sí las empresas figuran en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), caso contrario se aplicará el régimen general, tanto para el pago de CTS y para las multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
La condición para que las micro empresas estén exentas del pago de CTS y para que las pequeñas empresas paguen la mitad de la CTS, es estar registradas en el Remype, caso contrario se aplicará régimen general.
Para calcular cuánto le tienen que depositar por la CTS, se debe tener en cuenta la remuneración computable, la cual incluye la remuneración básica y todos los montos que regularmente percibe el trabajador, en dinero o en especie como contraprestación por la labor realizada.
Una vez culminado el plazo para el abono de la CTS, los trabajadores cuyas empresas no hayan cumplido con ese beneficio, pueden solicitar por escrito a su empleador su cumplimiento y, en caso contrario, en caso sea Micro Empresa pueden formular su denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Si se encuentra en provincia, pueden realizar su denuncia en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.
Todos los trabajadores y empleados que deseen hacer más consultas sobre este beneficio de ley pueden llamar a la línea gratuita 0800-16-872 a la cual se puede acceder desde cualquier teléfono público o móvil a nivel nacional. fuente:ANDINA

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