Evite contingencias con el uso del horario de verano Beneficio no implica un cambio de jornada, sino una licencia con goce de haber, aclaran.

3/2/2020

Cada vez más empresas están implementando en el país el horario de verano, como una forma de mejorar el clima laboral dentro de sus organizaciones. Sin embargo, su práctica no está ajena a contingencias, como se desprende de una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia.

En efecto, mediante la Casación Laboral Nº 11188-2017-Callao, la judicatura concluyó que retornar al horario de trabajo habitual, después de concluido el período de vigencia del horario de verano, implementado sin ninguna regulación, implica una ampliación de la jornada de trabajo por lo que corresponde el pago de horas extras.

El expediente

De acuerdo con el expediente, la Corte Suprema pudo verificar que en la empresa demandada se trabajaba de 8:30 a 14:30 horas durante los viernes de verano. Luego, el empleador modifica esta jornada, pasando a ser de 8:30 a 16:00 horas, con refrigerio.

Así, la trabajadora, a raíz de este cambio de jornada, demandó el reintegro de derechos laborales porque este incremento de jornada nunca fue remunerado; postura que como ya se mencionó fue avalada por el Poder Judicial.

Al respecto, el experto Germán Lora sostuvo que se trata de una decisión excesivamente legalista y estricta, que solo limita la actuación del empleador y que evidencia un desconocimiento del uso de este beneficio del horario de verano y las facilidades para que los trabajadores puedan retirarse antes del horario habitual de trabajo.

“No es en estricto una reducción de la jornada de trabajo, lo que existe es que las empresas otorgan al trabajador la posibilidad de poder retirarse antes, y luego regresar al horario regular”, sostuvo el laboralista y socio de Damma Legal Advisors.

Frente a esta decisión, Lora recomendó a las empresas ser muy claras con los trabajadores a fin de informarles que la adopción de este beneficio no modifica el horario regular y que solo es una licencia con goce de haber, por dos o tres horas de adelanto a la hora de salida del centro laboral.

Remuneración

Para el especialista Mauricio Olivera, la implementación del horario de verano es un beneficio que está de moda dentro de las organizaciones. Por ello, anotó que los empleadores deberán tomar con pinzas dicha práctica debido a que no configura una suerte de modificación de la jornada de trabajo.

“En caso el empleador decida dejar sin efecto esta licencia temporal, no implicaría una modificación de la jornada porque no existe la obligación de remunerar este tiempo”. manifestó. fuente:ELPERUANO

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