Precisan reglas para acceder a la jubilación anticipada SBS señala también mecanismos para validación de la condición de desempleados.

12/6/2019

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) precisó el trámite de la jubilación anticipada ordinaria (JAO) y el régimen especial de la jubilación anticipada por desempleo (REJA), en lo relativo a los aportes voluntarios realizados de conformidad con la Ley Nº 30939.

Así, con respecto al régimen JAO, dispone que la AFP deberá entregar al afiliado el detalle de los aportes efectuados, indicando si procede o no la jubilación anticipada, documento que deberá consignar la fecha y firmas del afiliado y del representante de la AFP, refiere la Circular N° AFP-169-2019.

Mientras que para el acceso al REJA se tendrá que acreditar la condición de desempleado durante los últimos 12 meses, estableciendo los mecanismos para la validación, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano. 

Essalud

La norma también precisa la aplicación del descuento del 4.5% por Essalud en el tratamiento de la JAO; esto es, el cálculo sobre el capital para pensión requerido en términos de una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones de los últimos 120 meses, sin gratificaciones; y finalmente regula el servicio de asesoría e información que debe ofrecer la AFP al afiliado.

Según la legislación vigente, podrán acceder a la JAO los trabajadores mayores de 50 años en el caso de las mujeres, y de 55 años, para los varones. Además, que el fondo le permita acceder a una pensión igual o mayor al 40% del promedio de las remuneraciones; y, contar por lo menos con 72 meses de aportes en los últimos 120 meses anteriores a la solicitud del beneficio.

Para fijar el promedio de las remuneraciones, se considerará los haberes efectivamente percibidos y declarados en los últimos 120 meses, debidamente actualizados por inflación, deduciendo las gratificaciones de julio y diciembre. De haber aportes voluntarios con o sin fin previsional, se consideran todos aquellos que exceda los 9 meses. Y, de ser menor, cuando estos representen hasta el 20% de la cuenta de aportes obligatorios.

Más requisitos

Para acceder al REJA, el afiliado deberá cumplir los siguientes requisitos: 

En el caso de ser mujer, contar como mínimo con 50 años de edad, y de ser varón con 55 años; en ambos casos, su edad debe ser menor a 65 años. El afiliado a la AFP debe encontrarse en situación de desempleo por un período mayor o igual a 12 meses consecutivos previos a la presentación de su solicitud.

Para acreditar el desempleo se le exigirá una declaración jurada que acredite dicha condición en los 12 meses previos a esta solicitud. fuente:ELPERUANO.

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